por Diane Montagne
ROMA, 5 de enero de 2026 — Ante la inclusión de la cuestión litúrgica en el orden del día del consistorio extraordinario de cardenales convocado esta semana por el papa León XIV, uno de los clérigos tradicionalistas más destacados de Francia ha enviado a los miembros del Colegio Cardenalicio una carta en la que propone un nuevo camino para el antiguo Rito Romano en la Iglesia católica.
Publicada aquí de forma exclusiva en francés e inglés, la carta pretende abrir un diálogo constructivo y ofrecer un marco pastoral estable para las comunidades y fieles vinculados a la liturgia romana tradicional.
Escrita por el padre Louis-Marie de Blignières, fundador de la Fraternidad de San Vicente Ferrer, y fechada el 24 de diciembre, la carta fue enviada en papel a quince cardenales conocidos por su preocupación por la liturgia tradicional, y por correo electrónico a otros cien cardenales. En su núcleo se encuentra la propuesta de establecer una jurisdicción eclesiástica —inspirada en principio en los Ordinariatos Militares— dedicada al vetus ordo, ofreciendo una estructura canónica que respete tanto la tradición como la comunión con la Santa Sede.
El padre de Blignières, de 76 años, es ampliamente considerado como una figura con gran autoridad moral y amplia experiencia dentro del movimiento tradicionalista. En 1988, tras las consagraciones episcopales ilícitas realizadas por el arzobispo Marcel Lefebvre, el padre de Blignières fue uno de los clérigos que entablaron diálogo con el papa Juan Pablo II, contribuyendo a las conversaciones que llevaron a la creación de la Comisión Pontificia Ecclesia Dei para reconciliar a los grupos vinculados al rito tradicional. dm
Sirvió como prior de la Fraternidad de San Vicente Ferrer desde su fundación en 1979 hasta 2011, y nuevamente de 2017 a 2023, dirigiendo la comunidad durante más de tres décadas en dos periodos distintos.
El concepto de una jurisdicción eclesiástica dedicada al rito antiguo no es nuevo y se ha debatido, en particular entre comunidades tradicionalistas francesas, durante la última década. Sin embargo, esas conversaciones se detuvieron en gran medida tras el motu proprio Traditionis Custodes del papa Francisco en 2021, que impuso severas restricciones al vetus ordo.
Para comprender cómo podría funcionar en la práctica una jurisdicción de este tipo, hablé con el padre Matthieu Raffray, superior del Distrito Europeo del Instituto del Buen Pastor y antiguo profesor de filosofía en el Angelicum de Roma. El padre Raffray, conocedor de la carta y favorable a su propuesta, aporta una amplia experiencia pastoral e institucional, además de un apostolado en redes sociales que ha llevado a muchas personas —especialmente jóvenes adultos— a convertirse o regresar a la fe católica.
En esta entrevista abordamos cómo podría funcionar una jurisdicción eclesiástica dedicada a la antigua liturgia romana: desde su relación con las comunidades ex Ecclesia Dei, hasta la formación sacerdotal y su impacto en la celebración de la liturgia tradicional en las diócesis existentes.
El padre Raffray señala que la carta no fue enviada al papa León XIV y que no constituye una «petición ni una exigencia». Más bien —afirma— se trata de «una hipótesis de trabajo dirigida a los cardenales» antes del consistorio del 7-8 de enero, y que, naturalmente, debería ser examinada y desarrollada con mayor profundidad, especialmente con la ayuda de canonistas.
Este enfoque —dice— «reconoce desde el principio que esta propuesta no es la única solución posible. Es probable que algunos miembros de las comunidades tradicionales no favorezcan este camino o propongan vías alternativas de estudio. La carta no pretende imponer una respuesta uniforme, sino abrir un debate serio y razonado».
Según el padre Raffray, el elemento más positivo de la carta es su enfoque constructivo y proactivo, orientado a fortalecer «la unidad eclesial, en un espíritu de comunión y al servicio de la Santa Sede».
A continuación, la entrevista con el padre Matthieu Raffray.
Diane Montagna (DM): Padre Raffray, ¿cuál es el objetivo central de la carta enviada a los cardenales por el padre de Blignières?
Padre Matthieu Raffray (MR): Su objetivo central es proponer una solución eclesial estable y constructiva a una oposición que se ha vuelto estéril y que ha dividido a la Iglesia durante muchos años: la existente entre quienes están vinculados al antiguo rito latino y quienes se oponen a él. Al constatar el callejón sin salida pastoral y humano producido por este conflicto recurrente, el texto intenta ir más allá de la confrontación y abrir un camino positivo al servicio de la comunión eclesial.
Esta prolongada oposición ha causado un sufrimiento real, especialmente dentro de las comunidades vinculadas a la liturgia tradicional, que a menudo se han visto en una situación de fragilidad institucional y, en ocasiones, confrontadas con actitudes que parecían negarles un futuro legítimo dentro de la Iglesia. La carta toma esta realidad en serio y subraya la urgencia de una solución justa, pacífica y duradera.
Desde esta perspectiva, propone la erección de una jurisdicción eclesiástica específica —como una administración apostólica personal u ordinariato— que proporcione un marco canónico estable a sacerdotes y fieles plenamente en comunión con la Santa Sede y vinculados al antiguo rito latino. Lejos de presentar esta liturgia como una amenaza o como una huida nostálgica hacia un pasado idealizado, el texto destaca su fecundidad actual como un verdadero medio de santificación y evangelización, especialmente en sociedades altamente secularizadas.
Así, la carta no pretende reavivar una controversia litúrgica, sino ofrecer una respuesta institucional pragmática, en continuidad con la tradición viva de la Iglesia, que ha sabido crear repetidamente estructuras jurídicas para salvaguardar la unidad respetando la diversidad legítima. Su mérito distintivo reside en proponer una salida constructiva a un bloqueo, en lugar de entrar en una nueva fase de confrontación interna.
(DM): La carta propone una jurisdicción eclesiástica análoga, en ciertos aspectos, a los Ordinariatos Militares. Para los lectores que no estén familiarizados con estas estructuras, ¿podría explicar cómo funcionaría la jurisdicción propuesta, especialmente en lo relativo a la jurisdicción cumulativa y a la relación con los obispos locales de las diócesis ya existentes?
(MR): La carta se apoya en la analogía de los Ordinariatos Militares para mostrar cómo la solución propuesta podría integrarse de forma armoniosa en las estructuras diocesanas existentes. Un Ordinariato Militar es una jurisdicción eclesiástica personal, definida no por un territorio, sino por las personas que pertenecen a él debido a una necesidad pastoral particular. En el caso presente, esa necesidad consistiría en una adhesión libre y voluntaria a la liturgia tradicional.
La jurisdicción propuesta se superpondría, por tanto, a las diócesis territoriales sin sustituirlas, dentro de un marco de complementariedad y comunión. El obispo encargado de esta estructura —a nivel de un país o de un área lingüística— trabajaría en coordinación con los obispos diocesanos para discernir, según los contextos locales, las disposiciones pastorales más adecuadas.
Un punto clave de esta propuesta es que no busca aislar a los fieles vinculados a la liturgia tradicional, sino ofrecerles un marco pastoral claro y legítimo, accesible a cualquiera que pueda beneficiarse de él, ya sea de manera temporal o permanente. Colocada bajo la autoridad de la Santa Sede y en armonía con los ordinarios locales, tal jurisdicción podría contribuir así a una atención pastoral más pacífica, al servicio de la comunión y de la unidad en la Iglesia.
(DM): ¿Qué significaría concretamente la creación de un Ordinariato o de una jurisdicción eclesiástica personal para el Vetus Ordo para las antiguas comunidades Ecclesia Dei, como la suya? ¿La intención sería que estas comunidades quedaran bajo la autoridad de dicho Ordinariato? Dada la diversidad entre estas comunidades, ¿cómo se abordarían las preocupaciones relativas a su autonomía o a su carisma propio?
(MR): Concretamente, una solución de este tipo no implicaría ningún cambio sustancial en el estatus ni en la vida interna de las comunidades anteriormente vinculadas a la Comisión Ecclesia Dei. Estos institutos conservarían su autonomía canónica, su gobierno propio y su carisma específico. Como ya sucede actualmente, sus sacerdotes podrían ponerse al servicio de distintas realidades eclesiales mediante acuerdos claramente definidos: ya sea dentro de las diócesis territoriales, o bien, cuando las necesidades pastorales lo requieran, dentro del Ordinariato o jurisdicción personal propuesta.
Las relaciones entre estas comunidades, la autoridad del Ordinariato y los obispos diocesanos estarían reguladas por disposiciones canónicas claras, que garantizarían el respeto de las competencias propias de cada uno y una plena comunión eclesial. Una configuración así permitiría poner la experiencia litúrgica y pastoral de estas comunidades al servicio de la Iglesia sin absorberlas ni uniformarlas, al tiempo que ofrecería un marco jurídico más estable y comprensible para su misión.
(DM): ¿Cómo se organizaría la formación sacerdotal dentro de una jurisdicción eclesiástica de este tipo? ¿Se contemplarían seminarios propios, seminarios compartidos o la cooperación con instituciones existentes? ¿Cómo se garantizaría una formación fiel a la tradición y plenamente integrada en la comunión eclesial?
(MR): En principio, un Ordinariato o una jurisdicción eclesiástica personal podría contar con su propio seminario, siempre que las condiciones pastorales, humanas e institucionales lo permitieran. No obstante, tal posibilidad requeriría un discernimiento prudente y progresivo, y no podría concebirse de manera uniforme ni inmediata.
En la práctica, la organización de la formación sacerdotal debería adaptarse a las realidades de cada país o área geográfica. Según el contexto, podrían darse diversas modalidades: la creación de seminarios propios cuando el número de candidatos y la estabilidad de las estructuras lo justifiquen; programas formativos realizados en seminarios diocesanos; o formación impartida en seminarios o casas de formación pertenecientes a comunidades especializadas en la celebración de la liturgia tradicional. También podrían contemplarse soluciones mixtas, que permitieran una formación común en determinadas disciplinas académicas, garantizando al mismo tiempo una formación litúrgica y espiritual específica.
Un enfoque gradual y pragmático, basado en las necesidades pastorales reales, ofrecería así las garantías necesarias para asegurar tanto la fidelidad a la tradición litúrgica y doctrinal propia del Vetus Ordo como una plena inserción en la comunión eclesial, bajo la autoridad de la Santa Sede y en coordinación con las estructuras formativas existentes de la Iglesia.
(DM): ¿Qué efectos prácticos tendría el establecimiento de una jurisdicción de este tipo sobre el uso del Vetus Ordodentro de las diócesis existentes y sobre el clero diocesano que desea celebrarlo?
(MR): El establecimiento de una jurisdicción eclesiástica personal dedicada al Vetus Ordo tendría ante todo efectos pastorales y pragmáticos, que deberían discernirse caso por caso, según las circunstancias locales. En las diócesis donde el obispo local y los fieles implicados estén satisfechos con las disposiciones existentes, no habría ninguna obligación de modificar la organización actual: el uso del Vetus Ordo podría seguir ejerciéndose plenamente dentro del marco diocesano ordinario.
Por el contrario, en situaciones marcadas por tensiones, o allí donde surjan nuevos grupos de fieles, la jurisdicción propuesta ofrecería un marco claro de mediación y coordinación. En tales casos, correspondería al Ordinario de la jurisdicción personal entablar un diálogo con el Ordinario diocesano para identificar las soluciones pastorales más adecuadas, respetando debidamente las competencias propias de cada uno y buscando el bien de los fieles.
En lo que respecta al clero diocesano, podrían contemplarse varias posibilidades. Los sacerdotes diocesanos podrían ser puestos a disposición de la jurisdicción personal por un período limitado, o bien solicitar una incardinación permanente en ella. Esta práctica seguiría un modelo canónico ya bien establecido, comparable al de los sacerdotes diocesanos que son destinados, de manera temporal o definitiva, al servicio de los Ordinariatos Militares.
Entendida de este modo, la creación de tal jurisdicción no tendría como objetivo privar a las diócesis de su clero ni imponer soluciones rígidas, sino ofrecer una flexibilidad canónica capaz de responder de manera más serena a las necesidades pastorales relacionadas con el uso del Vetus Ordo, al servicio de la paz eclesial y de la comunión.
(DM): Dada la superposición geográfica entre las diócesis y la jurisdicción eclesiástica propuesta, ¿podría esta estructura ofrecer soluciones en situaciones que involucren el cierre de iglesias, edificios infrautilizados o el declive de la vida parroquial?
(MR): La cuestión de los lugares de culto y de las estructuras parroquiales requiere, una vez más, respuestas diferenciadas, basadas en un discernimiento pastoral pragmático y atento a las realidades locales. La coexistencia geográfica de las diócesis territoriales y de una jurisdicción eclesiástica personal permitiría ofrecer soluciones flexibles a una amplia gama de situaciones.
En ciertas regiones del mundo, especialmente en Europa, donde un número creciente de iglesias se cierra o está infrautilizado, una jurisdicción de este tipo podría ofrecer una respuesta pastoral fecunda. Los edificios eclesiásticos podrían ser confiados al Ordinariato por los obispos diocesanos mediante acuerdos claramente definidos, garantizando tanto la preservación del patrimonio eclesiástico como la restauración de una vida litúrgica y pastoral estable.
En otros contextos, por ejemplo en América Latina o Asia, donde las dinámicas eclesiales son diferentes y las necesidades pastorales se orientan más al crecimiento que a la reestructuración, el Ordinariato podría fomentar la construcción de nuevos lugares de culto, sostenidos por las comunidades locales. Según las circunstancias, también podría contemplarse la adquisición de edificios existentes adecuados para el uso litúrgico y pastoral.
Así, en virtud de su carácter personal y de su capacidad de coordinación con los ordinarios locales, dicha jurisdicción estaría bien situada para contribuir de manera realista y ordenada a la gestión de los lugares de culto, apoyando la vitalidad pastoral allí donde es frágil y favoreciendo un uso más fructífero de los recursos eclesiales existentes, siempre en un espíritu de comunión y de respeto por las responsabilidades de los obispos diocesanos.
(DM): Como señala la carta, esta solución ha sido propuesta en varias ocasiones en el pasado. El papa Benedicto XVI estableció los Ordinariatos Anglicanos mediante la Constitución Apostólica Anglicanorum coetibus en 2009, pero eligió un enfoque diferente —Summorum Pontificum— para abordar el Vetus Ordo. ¿Por qué cree usted que una jurisdicción personal sería una solución adecuada o incluso preferible hoy?
(MR): Desde la promulgación de Summorum Pontificum, las comunidades y grupos tradicionales intentaron trabajar directamente con parroquias y diócesis. Sin embargo, el hecho es que en algunos lugares funcionó muy bien, mientras que en otros no. Por tanto, parece razonable buscar una nueva solución y no volver a Summorum Pontificum.
La pertinencia actual de una solución basada en el establecimiento de una jurisdicción eclesiástica personal se apoya, ante todo, en una clarificación teológica. En efecto, los sucesivos enfoques respecto al Vetus Ordo han puesto de manifiesto una verdadera tensión en torno a su estatuto litúrgico. El papa Benedicto XVI, en Summorum Pontificum, propuso una interpretación unificadora al hablar de dos formas —ordinaria y extraordinaria— de un único rito romano. El papa Francisco, por el contrario, ha afirmado explícitamente que solo existe una forma del rito romano, a saber, la que resulta de la reforma litúrgica.
Ante esta aparente contradicción, la solución más coherente parecería ser el reconocimiento, de hecho —aunque aún no plenamente de derecho—, de la existencia de dos ritos latinos distintos: un rito latino antiguo o tradicional y un rito latino reformado. Tal reconocimiento permitiría superar una oposición conceptual que se ha vuelto cada vez más difícil de sostener, ofreciendo al mismo tiempo un marco teológico y canónico más claro.
La coexistencia pacífica de dos ritos latinos estaría, además, en consonancia con la propia tradición de la Iglesia, que desde antiguo ha sabido acoger una pluralidad de ritos dentro de la unidad de la comunión eclesial. También responde a la imagen evangélica del padre de familia prudente que «saca de su tesoro cosas nuevas y cosas antiguas», reconociendo que la fecundidad de la tradición no reside en la exclusión, sino en la integración ordenada de lo recibido y de lo desarrollado.
Desde esta perspectiva, una jurisdicción eclesiástica personal aparecería no solo como una solución pastoral, sino como la expresión institucional adecuada de una realidad teológica que ha alcanzado ya su madurez: la existencia de dos ritos latinos llamados a coexistir pacíficamente, al servicio de la unidad de la Iglesia y de su misión evangelizadora.
(DM): ¿La carta fue enviada al papa León XIV?
(MR): Hasta donde yo sé, el texto no fue enviado directamente al Papa. Este hecho es en sí mismo significativo, pues la carta no se presenta como una petición ni como una exigencia, sino como una hipótesis de trabajo dirigida a los cardenales en un contexto preparatorio. Se propone como una contribución a la reflexión, destinada a ser examinada y desarrollada ulteriormente, especialmente con la ayuda de canonistas.
Este planteamiento reconoce desde el inicio que esta propuesta no es la única solución posible. Es probable que algunos miembros de las comunidades tradicionales no favorezcan este camino o sugieran vías alternativas de estudio. La carta no pretende imponer una respuesta uniforme, sino abrir una discusión seria y razonada.
Lo que aparece como más positivo en este texto es precisamente este espíritu constructivo. Las comunidades tradicionalistas han sido a menudo criticadas por adoptar una postura predominantemente reactiva o crítica. Aquí, por el contrario, la carta busca contribuir de manera proactiva a la edificación de la unidad eclesial, en un espíritu de comunión y al servicio de la Santa Sede.
Fuente: Diana Montagne substack.

Para entender la orientación general programática del pontificado del papa León XIV muy importante la apertura esta mañana del nuevo ciclo de catequesis de los miércoles. Señaló que el tema de este año será el Concilio Vaticano II EN SUS TEXTOS, tomando distancia de las interpretaciones que se alejan de ellos y que se han instalado (lo que se llamó el CVII paralelo o de los medios de comunicación o el «espíritu del Concilio»). El papa no menciona estas categorías, sino otra que vale en el mismo sentido , como opuesto a a la lectura de los TEXTOS, menciona su sustitución por LO QUE SE HA OIDO DECIR. Hay que entender que León XIV se ubica en la hermenéutica de la continuidad. En esta exégesis textual quedarían deslegitimadas las dos lecturas de discontinuidad, que resultan coincidentes entre sí: la progresista (que da por superados los textos y su lectura con sus notas y el magisterio precedente en función del «espíritu») y la tradicionalista (que rechaza los textos por dar como válida la lectura progresista). Ex profeso cita en distintos párrafos la secuencia de TODOS los papas desde Juan XXIII a Francisco. Juan el Gris
Clarísimo !!! Muchas gracias por el poder de síntesis y la objetividad. Hermano Bernardo
Si se confirma que ésa es la orientación, no deberíamos esperar profundización de algunos ensayos de quasi-discontinuidad que hizo Francisco, sería una vuelta al centro de la ruta dejando el borde y la marcha con una rueda en la banquina. Tampoco habría que esperar un regreso al pre Concilio Vaticano II. Difícil búsqueda de unidad, difícil tranquilizar y recuperar a los que tiran para fuera de la ruta trazada en los textos del Magisterio conciliar. Suena más a Juan Pablo II sin su espectacularidad. Oremus pro Pontifice nostro.
Algo muy útil que se perdió en el nuevo sitio es la guía de misas tradicionales en Argentina
Para mi lo mejor es dar libertad, si un sacerdote puede, si quiere, dar misa con una nariz de payaso, que pueda otro dar Misa tradicional. Que sean los asistentes a Misa los que voten con su presencia o ausencia. Eso sí sería sinodalidad y escuchar al pueblo en serio. Pero no creo que se la banquen…
Jorge
La propuesta parece muy meditada, es formulada con prudencia y la intención es muy buena. Y sin embargo resulta difícil considerarla viable. Se podrían considerar al menos tres objeciones:
Lo que sin duda es más digno de atención son los párrafos finales, que abren una interesante perspectiva:
“Este planteamiento reconoce desde el inicio que esta propuesta no es la única solución posible. Es probable que algunos miembros de las comunidades tradicionales no favorezcan este camino o sugieran vías alternativas de estudio. La carta no pretende imponer una respuesta uniforme, sino abrir una discusión seria y razonada.
Lo que aparece como más positivo en este texto es precisamente este espíritu constructivo. Las comunidades tradicionalistas han sido a menudo criticadas por adoptar una postura predominantemente reactiva o crítica. Aquí, por el contrario, la carta busca contribuir de manera proactiva a la edificación de la unidad eclesial, en un espíritu de comunión y al servicio de la Santa Sede.”
Dicho de otro modo: nosotros les ofrecemos una salida y si no les parece bien estamos dispuestos a discutir sobre otras posibilidades, pero ahora les toca a ustedes colaborar en la búsqueda de una solución, nosotros ya hemos movido una ficha, ahora hagan juego ustedes. Personalmente sospecho que aquí es donde está el meollo de la cuestión y no tanto en la propuesta en sí misma.
Cual tendría que ser la postura, de los tradicionalistas, que abiertamente, se oponen al CVII. Considero que el tema de las misas celebradas de una u otra manera, no es solo la cuestión, sino la aceptación o no de Concilio.
El «concilio» terminó más de 60 años atrás sin proclamar ningún dogma. Habló a un mundo (la modernidad liberal post – segunda guerra mondiale, aún bastante cristiana en sentido cultural) que ya ha totalmente desaparecido. Sencillamente, la quaestio del Vaticano II está pasando o ha pasado a la historia; no es un problema de actualidad sino por los clerigos que insisten sobre la aceptación de este «superconcilio» y por la parte de tradis que sigue polemizando activamente contra ello, es decir, por 0.5% de la Iglesia.
Ese 0,5 por ciento forma parte de la verdadera primavera de la Iglesia. El depósito de la fe es uno y la herejía, lamentablemente, también. Hay que arreglar lo que está torcido. Eso no tiene tiempo. En verdad, el tiempo empeora la cuestión. Fraternalmente. Fabio.
No puedo opinar mucho del tema.; solo digo que, en mi caso, como asistente al NO, me gustaría poder oir misa tradicional en cualquier parroquia cercana.
Coincido. Pero en el Gran Buenos Aires la veo muy difícil, al menos en mi diócesis de Lomas de Zamora.
Juancho.
Lomas con Lugones a la cabeza es un desastre.. ya le queda poco para jubilarse, pero el auxiliar es igual.
Coincido totalmente. Me crié en el Novus Ordo (y soy bastante veterano), pero me gustaría poder vivir líbremente la experiencia de la Misa tridentina.
SP era una semi-ficción elegante; la idea del ordinariato es una burda ficción. Si se hablaba de prelatura y no ordinariato en otros momentos más cuerdos es porque el ordinariato busca o bien proteger cierto carácter de tradiciones y costumbres locales, como es el caso de los anglicanos, o bien adaptarse a las condiciones extremadamente particulares de ciertos individuos con alta movilidad geográfica (cfr. el ejército), lo cual no es ni de lejos la situación del tradicionalismo en la Iglesia. Mucho mucho menos es la locura que llegué oír de hacer una iglesia sui iuris.
Eso, a nivel teórico. A nivel práctico, como ya se ha dicho, es un guetto con pasos extra. No sería necesario explicarle a nadie que, si se pudo atacar bajo la excusa de sectarismo a un tradicionalismo que estaba integrado en muchas partes en las estructuras diocesanas, cuánto mucho más fácil es desplazarlo, perseguirlo y achicarlo cuando es un injerto en la diócesis.
La mejor salida es un retorno a SP, y la forma más plausible de hacerlo, por incrementos graduales del aflojamiento de las clavijas, gota a gota. Aunque, como ya he dicho antes, me entretendría mucho una liberación del misal transicional del 65′ o algo similar.
exveteranova
Concuerdo. En la práctica el ordinariato plantea más problemas que soluciones y por decir algo, parece que sea como meterse en un caparazón.
Aquí la carte enviada a los cardenales en español:
https://unavoce.com.ar/una-jurisdiccion-eclesiastica-especifica-para-el-rito-latino-antiguo/
Agustín
Interesante. Cómo dice la entrevista, esto se ha intentado varias veces de diversas formas. Todas, lamentablemente, fracasaron. Estimo que debido a las autoridades que estaban y que , de una u otra forma, siguen estando.
Esto no quita que se vuelva a intentar.
Me llamo particularmente ma atención está aseveración del entrevistado:
«Desde esta perspectiva, una jurisdicción eclesiástica personal aparecería no solo como una solución pastoral, sino como la expresión institucional adecuada de una realidad teológica que ha alcanzado ya su madurez: la existencia de dos ritos latinos llamados a coexistir pacíficamente, al servicio de la unidad de la Iglesia y de su misión evangelizadora»
¿realidad teologica? ¿Madurez?. Extrañas definiciones.
Lo de la hermenéutica de la continuidad y la coexistencia de los ritos (ordinario y extraordinario) también ha sido debatido. Me parece clara la postura del dr Kwasniewski al respecto
Gracias por la entrada
Saludos
Es una propuesta esperanzadora…. hasta que se enfrenta con las estructuras diocesanas con obispos (Conferencias…) venidos y devenidos de ambientes hostiles a la linea tradicional, con seminarios que forman seminaristas abiertamente contrapuestos a todo que huela a conservador en la doctrina, la liturgia y la pastoral, la forma de vestir y de tratar a los feligreses y felinas…. El punto será cómo sostener el ordinariato cuando comiencen a surgir numerosas vocaciones para la liturgia tradicional? Podrán fundar seminarios propios?? Si, lo que es muy probable, son más numerosas las vocaciones tradionales, cómo reccionarán los nefastos seminarios diocesanos??? Como decía un buen cura….»el que tiene las vocaciones tiene los fierros», es decir, tiene las armas para enfrentar el Buen Combate, prosperar, ser fecundos y SANTIFICARSE….. El ambiente modernista es muy inmaduro para aceptar que algo así suceda. ¿Quién o qué puede dar garantía de continuidad al Ordinariato, lejos de las veleidades episcopales y romanas?
No me convence. Puede ser un seguro frente a la agresión de los obispos y del clero en general, pero es una solución particular y no universal. El rito romano tradicional pertenece a toda la Iglesia de occidente y todos deberían tener acceso a él. No deja de ser una reserva de indígenas, tan amplia y cómoda como se quiera pero reserva al fin. Justamente el gran mérito de SP era que le devolvía el carácter universal a la misa tradicional.
Entiendo que para muchos sea una trinchera o catacumba más segura en estos tiempos; pero para mí ahora el tradicionalismo está en la mejor situación para negociar: no tiene nada que perder, como pasaba con la FSPX en el 2001; exigían y no cedían nada porque después de la excomunión no podían hacer nada más con ellos. Sí puede ser una solución para la FSPX, precisamente porque la FSPX es una parte de la Iglesia latina y no el todo.
como parte de la Iglesia es Campos…Y sin embargo, no debe olvidarse que por los años anteriores a SP fue la FSSPX quien lideró el esfuerzo para liberar la Misa Tradicional como un derecho de todos los católicos y no un privilegio de unos pocos…fue una de las condiciones previas a los dialogos doctrinales que se tuvieron después. Todo iba marchando bien o relativamente bien con SP antes de TC… ya se demostró que el documento bergogliano se basó en una mentira…debería volverse a SP y todos en paz…como estaban las cosas antes…de lo contrario se crea un gueto…
Totalmente de acuerdo.
La propuesta tiene muchos elementos positivos pero hay algo que hay que pelear también y es el derecho de todo sacerdote diocesano a celebrar al menos privadamente de forma lícita la Forma Extraordinaria.
Que alguien me corrija si me equivoco pero, ¿Hoy por hoy, no sería ilícita la misa según el misal de Juan XXIII que celebrara, aun en privado, un sacerdote sin autorización?
Me parece una cuestión importante y creo que sería un poco injusto que, de instituirse dicho ordinariato, un diocesano tuviera que incardinarse en él necesariamente para celebrar o estar al albur de su obispo para «colaborar».
Pues sí se equivoca: actualmente, aún bajo Traditiones custodes, un sacerdote no necesita ninguna autorización para celebrar el Vetus Ordo de manera privada.
¡Albricias! Esta es la manera correcta de plantear las cosas. Es una excelente noticia. Tanto el contenido como el modo están bien. Es deseable que sea tenido en cuenta.
G. Marivs
Don Wanderer: me parece la propuesta una hermosa «jaula» de oro. ¡Qué quiere que le diga! El problema es que el modernismo ha llegado a tan altas cúspides de la Iglesia latina y, por lo tanto, nos guste o no, genera una problemática única en la historia de la Iglesia. Sin embargo, no me cierro a una solución plausible. Y no digo que lo del modernismo sea una nota de color y más usted como varios de nosotros que seguimos su blog, buscamos que el voluntarismo bajo el hermoso guante de autoridad eclesial no nos termine de acogotar…¿Solución? No lo sé pero esta no me parece viable cuando hay una vulnerabilidad canónica galopante, fruto de ese normativismo que no respeta ni siquiera las misma ipsa natura rei de lo que cae bajo la jurisdicción eclesial. En este caos, lo mejor es seguir luchando hasta que las cúpulas vaticanas se vayan saneando de los frutos de los Buoncompagni e «compagnia bella»….Sin más. Fraternalmente. Fabio.
Si, como se rumorea, la Santa Sede va a desmantelar la Prelatura del Opus Dei, no parece probable que vaya a conceder un ordinariato a los seguidores de la Misa tradicional.
Además, la propuesta habla de diálogo del ordinariato con los obispos diocesanos. No sé qué se puede dialogar con un obispo abiertamente hostil a la Tradición.
Si se desmantelara el Opus Dei, no sería porque es prelatura, sino por otras razones.
De todos modos, creo que por eso mismo la propuesta no habla de una «prelatura» personal, sino de un «ordinariato».
En cuanto a lo del diálogo supongo que, estando ya instituido el ordinariato, las conversaciones versarían sobre la mayor o menor integración del mismo en la diócesis, y no ya sobre si se puede o no celebrar la Misa Tradicional.
Fraternalmente.