Qué se juega la Iglesia, española y universal con el Valle de los Caídos (y III)

Ramón Ruavieja

La inviolabilidad y el derecho

Para terminar nuestras reflexiones, aparece como tema de vital importancia la inviolabilidad de los lugares sagrados. Los cánones citados en anteriores entradas asumen que en lugar sagrado solo es competente la autoridad eclesiástica, y se entiende que son violados, según el canon 1213, si «con escándalo de los fieles, se cometen en ellos actos gravemente injuriosos». No hay, sin embargo, una delimitación de lo que significa la inviolabilidad, por lo que los Estados han podido legislar sobre su sentido. En España, por ejemplo, se encuentra regulada en el artículo 1.5 del citado Acuerdo con la Santa Sede, que establece que «los lugares de culto tienen garantizada su inviolabilidad con arreglo a las Leyes». Se recomienda encarecidamente la lectura del escrito del catedrático de Derecho Eclesiástico de la Universidad de Zaragoza, Alejandro Gónzalez-Varas, “La inviolabilidad de los lugares de culto” (En Carmen Peña García, José Bernal Pascual (coords.) El derecho canónico en una Iglesia sinodal: aportaciones en el 40º aniversario de Código, Dykinson, 2023, págs. 277-316.) para una mayor profundidad en el tema.

El problema de esta institución es que, puesto que en Derecho canónico no se explicita, queda en el campo del Derecho positivo, en que se considera un concepto jurídico indeterminado. Y dado que no existen en la actualidad normas jurídicas españolas que le provean de un contenido específico, queda al arbitrio del intérprete, como sucedió en la Sentencia del Tribunal Supremo 1279/2019, en que se buscaba una razón para entrar en la Basílica a pesar de la negativa familiar a exhumar el cuerpo del general Franco, y del apoyo del Prior a la familia. El Tribunal lo resolvió como un conflicto de derechos fundamentales, priorizando sobre la inviolabilidad cualquier actuación estatal que no «afrente, coarte o impida el pleno ejercicio de la libertad religiosa»: dado que a los familiares o a los monjes «ni sus derechos a la intimidad personal y familiar y a la libertad religiosa les confieren la facultad de impedir la exhumación legalmente acordada», la entrada en la Basílica sin autorización era viable. 

Sin embargo, esta interpretación reduce la inviolabilidad al contenido parcial de un derecho subjetivo. Como explica Gónzalez-Varas, aunque el concepto sea indeterminado en nuestro ordenamiento, puede interpretarse que su función es consagrar la libertad de injerencias indebidas de terceros que es deseable para el desarrollo de cualquier actividad de culto. Dado que la inviolabilidad como institución precede a la Constitución española, vincularla exclusivamente a los derechos subjetivos reconocidos constitucionalmente, sea el de la intimidad o el de la libertad religiosa, corre el riesgo de reducir su significado al de un mero derecho derivado, con el tratamiento acorde a los derechos constitucionales y su sumisión al Estado.

Podrían citarse como argumentos el artículo 16 de la Constitución o el artículo 9 del CEDH, pero como señala el profesor José Luis Álvarez de Mora, el instituto de la inviolabilidad debe entenderse como reconocido por el derecho positivo, no como posición normativa creada por él. Aquí es donde radica la más arriesgada apuesta contra la arbitrariedad de los poderes temporales, que la Iglesia española está claramente perdiendo: al ser un concepto indeterminado en Derecho español, decae cuando la Iglesia no lo sustenta en la realidad de lo sagrado y lo niega en la práctica vaciándolo de contenido.

Primero, debe darse la batalla de que la inviolabilidad del lugar sacro no depende de un derecho subjetivo, sino de una realidad radical. El Tribunal Supremo entendía que la basílica sólo es inviolable si las coacciones proyectadas entraran en conflicto con una violación de la libertad religiosa, individual o colectivamente considerada. Por eso, se trata el tema como mero conflicto de derechos, una evidencia más de la continuada absorción de los institutos de derecho público por los “derechos fundamentales”, vaciándolos de toda fundamentación ajena a la norma constituyente. Si la Iglesia compra este razonamiento, si entiende la inviolabilidad como un derecho derivado del derecho a la libertad religiosa, dependerá del poder que ha dictado tal posición normativa subjetiva, con las consiguientes excepciones y sometimientos a la resolución de conflictos entre derechos. Se abre asimismo al Estado la capacidad de intervención en lugares de culto, siempre y cuando el proyecto no sea abiertamente antirreligioso, sin necesidad de conservar la exclusividad cultual y pía que marca el citado canon 1210.

Por el contrario, la Iglesia debe mantenerse firme en que la inviolabilidad no es el capricho del individuo cristiano convertido por presión de la Santa Sede en un derecho estatalmente concedido. No emana ni del individuo, ni de la fuerza de la Santa Sede, ni de la voluntad política del Estado. Emana natural y necesariamente de la sacralidad del lugar, como lo justo naturalmente debido a lo sacro, por su propia naturaleza. Por eso, en segundo lugar, para que el lugar sagrado pueda ser defendido en sí mismo considerado, su especial protección debe fundarse necesariamente en su sacralidad. Lo sacro es real más allá de los deseos, conciencia o pasiones de los individuos y poderes de este mundo. Así lo expresaban los ritos ya descritos: sin una consideración de que lo sagrado es algo más allá de la consideración subjetiva de quienes lo usan, queda sometido a la arbitrariedad de los poderosos. 

Como tercer argumento, en íntima relación, se ha de subrayar que la sacralidad no depende de la voluntad de un poder terrenal, sino de la voluntad constitutiva que el clero tiene por su sacerdocio ministerial, aquella que justifica su poder no solo sacramental, sino consagratorio y de bendición sobre los objetos. Olvidar este poder del sacerdote implica dejar de creer en las instituciones que lo protegen. Cuando la Iglesia firma que lo sagrado puede ser pactado, simplificado, parcheado o recortado por acuerdos privados, demuestra su incapacidad de dar testimonio de una fe en el orden sacerdotal que funda su ministerio y potestad jerárquica, a tenor del canon 129.

La pax y el munus

Esta denuncia nos introduce en la reflexión final de este artículo, haciendo referencia a los bienes secundarios (no por importancia sino por relación con el tema) afectados por esta situación. En primer lugar, el reconocimiento de que un poder temporal puede entrar a una Basílica (nada menos que pontificia) para hacer de ella un museo, un expositor ideológico o una sala de espectáculos no afecta exclusivamente a una veintena de monjes benedictinos en la Sierra de Guadarrama (con el riesgo de que ciertas actuaciones “museísticas” incurran en la violación del lugar que prevé el canon 1211). Afecta a la paz de los fieles, que se encuentran con que la jerarquía de la Iglesia avala con su firma que, respetando simbólicamente el altar, cualquiera de sus parroquias, capillas o ermitas pueden pasar a formar parte de lo profano, siempre que se dé una apariencia de respeto a derechos fundamentales individuales. 

No olvidemos que importantes templos y monasterios activos españoles son de titularidad estatal o pública, habilitando este precedente una peligrosa libertad para el Estado sobre estos lugares de culto. Dada la estrecha relación histórica entre la Corona y la Iglesia, una parte reseñable de la vida contemplativa española se desarrolla en edificios de Patrimonio Nacional, como el Real Monasterio de San Lorenzo de El Escorial (agustinos), el Real Monasterio de la Encarnación (agustinas recoletas), el Monasterio de las Descalzas Reales (clarisas), el Monasterio de Santa María la Real de las Huelgas (cistercienses), el Real Monasterio de Santa Clara de Tordesillas (clarisas), el Monasterio de la Visitación de Nuestra Señora a Santa Isabel (agustinas recoletas), o el Real Monasterio de San Jerónimo de Yuste (paulinos). Otros, como el priorato benedictino cercano al Valle, el Real Monasterio de Santa María de El Paular, o el único monasterio existente de la Órden Jerónima, el Monasterio de Santa María del Parral, son de titularidad estatal como rémoras de las desamortizaciones del XIX, aunque se haya vuelto a ceder a los monjes su uso. Y otros, como Covadonga o Montserrat, se encuentran sobre terrenos administrados por patronatos dependientes de las Comunidades Autónomas… Todo ello sin contar con situaciones internacionales más extremas, como la francesa. ¿No se da cuenta la jerarquía del peligrosísimo precedente que abren al abandonar a su suerte una Basílica? ¿Alguno cree que esa vida contemplativa es viable, o incluso deseable, si se desarrolla en iglesias convertidas por la fuerza en museos o expositores ideológicos?

Segundo, esto provoca escándalo: no solamente porque se vayan a sufrir vejaciones e imposiciones ideológicas en un recinto sagrado. Además, para el que conozca del caso, se está trasladando una increencia en la eficacia sacramental de los ritos de la Iglesia, que consagrando de palabra un espacio, parece que no tienen eficacia real más allá del altar. Además, la eficacia de la consagración parece no emanar del rito, sino de la necesidad práctica de ceder algún espacio al culto. Especialmente grave es que todas estas concesiones al poder temporal las realiza quien no tiene jurisdicción para hacerlo, añadiendo escándalo a causa de un desconocimiento del Derecho canónico y una ignorancia de la jurisdicción ordinaria. Esto, en tercer lugar, provoca una grave herida a la imagen pública de la Iglesia, desunida, avenida al poder temporal, y desconocedora de sus propias instituciones y derechos.

Finalmente, tenemos el olvido del munus. Como señala el profesor Gerardo Pereira-Menaut, munus es la facultad o capacidad de hacer, dar, producir algo; y la función personal derivada de esta capacidad, que en ciertas instancias cívicas se convierte en tarea, cometido, u oficio. La traducción a nuestro caso sería el olvido del cargo, pero entendiendo que los cargos eclesiásticos sobrepasan a la persona, pues queda trascendida la individualidad por un sacramento que asocia al sacerdote u obispo al sacerdocio de Cristo. Cuando nos excedemos en la consideración personalista del cargo, la voluntad omnímoda del sujeto acaba eclipsando la asignación jurídica de funciones. Con ello, dos son las consecuencias más nefastas: primero, el abandono del deber de atraer a los gobernantes temporales a Dios, siguiendo los ejemplos de san Ambrosio, san Dámaso, san Remigio, san Isidoro, san Leandro o san Gregorio; pues las necesidades personales acaban suplantando a las eclesiales, y la supervivencia al martirio. Segundo, que en tanto el cargo es juicio para quien lo tiene encomendado (Mateo 25, 14-30), este sobredimensionamiento actúa de juez para con quien ostenta el cargo, ya sea en este mundo o en el siguiente.

11 comentarios en “Qué se juega la Iglesia, española y universal con el Valle de los Caídos (y III)

  1. Avatar de Desconocido Anónimo

    Cuesta creer que el Cardenal Cobo se lanzase a firmar el «acuerdo» con el Gobierno español sobre el Valle de los Caídos sin tener el respaldo, aunque fuera sólo verbal, de la Secretaría de Estado Vaticano. Cobo no es un kamikaze.

    1. Avatar de Desconocido Anónimo

      De seguro es como dice, si nos atenemos a la cronología, que circula. Parolin haciendo de las suyas y Francis en sus últimos días, aunque era notorio su desprecio a España, y cobete, ha ido contento a contárselo a su padrino/valedor Berg, que encantado le ha dado el placet; y muy probablemente sin consultar a ningún perito y dado que el difunto no era famoso por sus muchas luces, pero sí por opinar sobre todo lo opinable, pontificando sobre cosas que desconocía. No es probable que tuviera en cuenta las consecuencias de la decisión que tomaba, o tal vez sí y era el resultado buscado.

  2. Avatar de Andrés Battistella Andrés Battistella

    Esperé hasta que se completara la serie para leerla.

    De todo lo dicho y comentado, un buen resumen no exhaustivo de la cuestión me parece el pasaje siguiente:

    Lo sacro es real más allá de los deseos, conciencia o pasiones de los individuos y poderes de este mundo. Así lo expresaban los ritos ya descritos: sin una consideración de que lo sagrado es algo más allá de la consideración subjetiva de quienes lo usan, queda sometido a la arbitrariedad de los poderosos.

  3. Avatar de Desconocido Messerschmidt

    Escribiré unas cuantas cosas que, de entrada, seguramente podrán disgustar a bastantes de los que las lean. Pero les ruego que, antes de indignarse, hagan el esfuerzo de mantenerse neutrales y de no juzgar antes de tiempo. No es mi intención justificar ningún despropósito, sino sólo considerar la situación desde un punto de vista objetivo, desde lejos, sine studio et ira. Y por favor, ruego que perdonen la extensión del comentario. No tengo el don de la brevedad.

    Para empezar, es evidente que el cardenal Cobo se ha tomado unas atribuciones de las que jurídicamente carece para firmar, sin que haya motivo para ello, un acuerdo desfavorable a la Iglesia. En este sentido se puede hablar de algo así como de una usurpación de funciones, posiblemente no intencionada, sino fruto del desconocimiento y del desinterés por informarse como es debido. En resumen, desde el punto de vista jurídico, una chapuza. Sin embargo no sería justo echar toda la culpa al cardenal o al gobierno español. Si la abadía del Valle de los Caídos depende directamente de la Congregación de Solesmes y la basílica es de titularidad pontificia ¿cómo es posible que ni desde Solesmes ni desde Roma se haya intervenido de modo activo para aclarar esta situación? Los primeros interesados en el asunto deberían ser la Congregación Benedictina de Solesmes y la Santa Sede, pero no parece que el asunto les importe demasiado. ¿O es que también en Solesmes y en Roma la ignorancia y la dejadez son tales que llegan a paralizar cualquier iniciativa al respecto? ¿Y qué dice el Abad Primado de la OSB? En este contexto no es raro que el arzobispo de Madrid asuma una función que no le corresponde: las rivalidades, abiertas o latentes, entre las órdenes y los episcopados e incluso entre éstos y Roma no son precisamente una novedad y la inercia del horror vacui casi empuja al cardenal a llenar la laguna dejada por la inhibición tanto de la jerarquía benedictina como del Vaticano.

    En el artículo se pueden seguir dos líneas de argumentación entrelazadas. Una hace referencia a la sacralidad de los lugares en disputa. La otra, a las normas jurídicas, tanto canónicas como civiles, que entran en juego, así como a conceptos doctrinales relativos a los límites jurisdiccionales entre uno y otro ámbito jurídico. Los argumentos aportados son muy interesantes y de mucho peso, pero en la práctica irrelevantes. Diríamos que el arquero tiene muy buena puntería, que su flecha da en el centro de la diana, sólo que de la diana equivocada. Me explico.

    La sacralidad es el fundamento primero de toda religión, sin ella la religión no existe. La sacralidad se expresa y se realiza, entre otras cosas, por medio de ritos, que son acciones simbólicas. Aquí debo hacer un excurso para definir el concepto de “acción simbólica”. Por acción simbólica entiendo un tipo de acción alegórica que se distingue de las demás deesta clase en lo relativo a su eficacia. La simple alegoría es una representación sin más, a veces altamente convencional. Una imagen de la justicia con los ojos vendados, por ejemplo, representan algo, pero carece de eficacia y, por decirlo de algún modo, no cambia nada, sólo representa. El símbolo es algo más. Bautizar un barco rompiendo una botella de champaña contra la quilla es una acción solamente alegórica: la nave será exctamente igual con o sin este acto. Proporcionar a alguien el sacramento del bautismo, en cambio, es un acto que transforma profundamente al bautizado. La acción simbólica no se agota en sí misma, sino que se trasciende a sí misma, es eficaz, tiene unas consecuencias, transforma la naturaleza de las cosas. En lingüística se hablaría de la función performativa del lenguaje, como cuando el juez dicta sentencia y declara a alguien culpable o inocente. O cuando Dios dice “hágase la luz” y la luz se hace. Decir “buenos días” es algo muy diferente, sin consecuencias, no basta para que el día sea realmente bueno. El rito de consagración de un templo transforma un espacio neutro en un ámbito sagrado. Pues bien, sospecho que el rito en cuanto acción simbólica eficaz, es decir en su dimensión sacramental, hoy no es entendido ni tomado en serio por casi nadie. Me temo que incluso para el arzobispo de Madrid la consagración de un templo es una acción puramente alegórica, una “tradición”, una costumbre venerable, si acaso una condición formal para la existencia de tal templo, pero difícilmente un acto transformador, verdaderamente trascendente e irrevocable, salvo que otro acto de la misma naturaleza simbólica y eficaz lo cancele o corrija, como una sentencia judicial puede ser corregida o anulada por otra sentencia igualmente solemne y por supuesto mejor fundamentada.

    Por otra parte, el revuelo en torno al Valle de los Caídos no deja de sorprender si se tiene en cuenta el modo en que en España, y en muchos otros países de tradición católica, se ha desatado un silencioso alud de secularizaciones y demoliciones de templos y monasterios, sin que apenas se le preste atención. Hace unos días, sin ir más lejos, leí con perplejidad que la abadía de La Trappe, casa madre de los trapenses, cerrará dentro de dos años por falta de vocaciones. En Italia muchas catedrales no son ya más que museos en los que de vez en cuando se celebra una misa. Hace aproximadamente una década, durante una estadía en Barcelona, quise mostrar a una amiga el Barrio Gótico y, por supuesto, algunas de las iglesias que encierra. Mi sorpresa fue mayúscula al comprobar que para acceder a muchas de ellas, incluida la catedral pero también otras de muy limitado interés histórico-artístico, había que pagar entrada. En la misma ciudad recientemente se ha condenado a la demolición a parroquias como la del Espíritu Santo, San Fernando, San Isidoro y no sé si otras más. En estas condiciones, de sacralidad queda muy poco. No hace falta hablar aquí de la sistemática desacralización de todos los ritos, empezando por la misa, y en la destrucción sistemática del sentido de lo sacro en los fieles que este proceso ha tenido como consecuencia. La propia Iglesia ha puesto en marcha la desacralización y no precisamente ayer. Por otra parte, para el gobierno español, como para cualquier otro gobierno en nuestros días, monasterios e iglesias, mucho antes que lugares sagrados, son inmuebles que se pueden convertir en rentables, sea económica, sea políticamente.  

    En este sentido, apelar a la sacralidad de la Basílica del Valle de los Caídos para refutar el acuerdo entre el arzobispado de Madrid y el gobierno, es recurrir a un argumento desgraciadamente inútil, que no puede llegar ni a una ni a otra de las partes, pues les resbala sobre la piel. Es muy probable que un musulmán o un hindú con auténtico sentido de la sacralidad entienda mejor esta argumentación que muchos, sino la mayoría, de los obispos españoles.

    Con los argumentos jurídicos esgrimidos sucede exactamente lo mismo. En primer lugar, el derecho canónico tiene como fundamento filosófico el reconocimiento de la sacralidad como realidad de relevancia superior a cualquier otra. Si no asumimos este presupuesto, convertimos al derecho canónico en papel mojado. Por otra parte, toda normativa jurídica es inevitablemente susceptible de interpretación, es más, sin interpretación no es nada. Y toda interpretación está siempre determinada por factores subjetivos, históricos, circunstanciales, etc. Las normas jurídicas, todas ellas, con el paso del tiempo envejecen y se desgastan. Las interpretaciones de las mismas cambian. Pensemos, por ejemplo, en un concepto como el de “escándalo público” y la diferente percepción que se ha tenido del mismo a lo largo de la historia. Yo me temo que con bastantes normas del derecho canónico, de los acuerdos entre Iglesia y Estado de hace 60 o 70 años, de las propias leyes civiles españolas, etc. ha sucedido lo mismo. Ahora la interpretación es, mayoritariamente, mucho más laxa que cuando entraron en vigor. Si existe un acuerdo mayoritario en este sentido, aunque más no sea tácito, no es demasiado útil recurrir a una interpretación rigurosa, por justa, acertada y razonable que sea. No quiero con ello justificar ni la negligencia jurídica ni la pérdida del sentido de lo sacro, de ningún modo, sino sólo poner de relieve que con argumentos jurídicos y teológicos como los que se enuncian en el artículo, difícilmente se puede obtener algo: muy pocos y muy poco influyentes son quienes están en condiciones de entenderlos, de tomarlos en serio y de sentirse obligados por ellos. El arquero da en la diana, pero en la diana equivocada.

    Ahora bien, el problema del Valle de los Caídos no se limita a estos aspectos. Existe también una dimensión política e histórica que no se puede ignorar. Hacerlo sería esconder la cabeza como el avestruz. Sin negar la sacralidad del Valle, es indudable que fue concebido también como monumento político, como homenaje a un régimen y como expresión arquitectónica de una ideología. El hecho mismo de que su planeamiento y construcción fuera empresa del Estado y no de la Iglesia da fe de ello. Es muy bueno que un estado, un movimiento político, un gobierno, etc. se muestre atento a la religión, la favorezca y se esfuerce en tomarla como guía. Pero es muy perjudicial que la Iglesia se identifique con una ideología, un estado o un sistema político, sea el que fuere. Desgraciadamente esto sucedió en España durante el franquismo: la Iglesia se identificó con el régimen. El franquismo tuvo luces y sombras. La Iglesia lo bendijo por sus luces y demasiado a menudo calló sobre sus sombras o les quitó importancia o hasta intentó justificarlas. La gratitud, el recuerdo de los horrores de la furiosamente antirreligiosa Segunda República, etc. fueron motivos que, unidos a la debilidad humana de los miembros del clero, llevaron a esta identificación, la cual a su vez permitió que en bastantes ocasiones la Iglesia fuera instrumentalizada por el régimen de Franco. La historia es siempre compleja, es difícil sustraerse a la tentación de contarla como una lucha de buenos contra malos, en blanco y negro, sin tonos intermedios. Pero la contradicción y la impureza en la que se mezclan bien y mal son características de este mundo: aún no vivimos en la civitas Dei. Cada persona, cada comunidad humana, cada tendencia ideológica, etc. es inevitablemente imperfecta, tanto en su maldad como en su bondad: no somos ni ángeles ni demonios. En relación al franquismo la Iglesia cometió errores cuyas consecuencias se manifiestan cuando menos se las espera.

    Insisto, no justifico de ningún modo la desacralización del Valle, simplemente intento vislumbrar el camino por el que se ha llegado hasta aquí. Lo cierto es que el Valle de los Caídos nunca fue un lugar exclusivamente sacro. La propaganda política siempre se manifestó de modo evidente, muchas veces disfrazada de religiosidad, a veces confundida sinceramente con ella en un error bienintencionado. Y no sólo esto. El Valle es, desde hace décadas, una atracción turística bastante profana. Recuerdo que ya hace casi medio siglo, al visitarlo en 1977, tuve sobre todo la impresión de estar en un lugar turístico, al que la mayoría de los visitantes acudía más por ser una curiosidad espectacular que por su significado religioso. En medio de tanta conmemoración de la victoria del bando nacional en la guerra civil y de tanto visitante con cámaras fotográficas, ya entonces la sacralidad del Valle quedaba bastante relegada… Sí, se trata de una impresión subjetiva, pero desde luego el lugar estaba muy, pero que muy lejos de exhalar la santidad de un santuario como Lourdes, donde, a pesar de la desvergonzada comercialización de la imagen de la Virgen, se respiraba verdadera fe.

    La exhumación de los cadáveres de Franco y de Primo de Rivera y su traslado a otras sepulturas fue un acto impío, imprudente e innecesario. Sin embargo, como no hay mal que por bien no venga, ofreció la oportunidad de despolitizar definitivamente el Valle de los Caídos y de “resignificarlo”, como dice el gobierno español, convirtiéndolo en un lugar puramente sacro. La Iglesia (el Arzobispado de Madrid, la Conferencia Episcopal Española, la Congregación de Solesmes, la OSB, Roma) no fue capaz de reconocer esta oportunidad y de actuar convenientemente. La aceptación del traslado de los restos de Franco y José Antonio debería haber tenido como consecuencia una absoluta neutralización ideológica del santuario y su definitiva y total sacralización. Evidentemente, esta oportunidad se ha perdido. Desinterés, cobardía, prejuicios ideológicos, ignorancia, mediocridad, dispersión de responsabilidades… Quién sabe cuántos factores han contribuido a este desenlace. Lo cierto es que ahora el Valle volverá a convertirse en símbolo ideológico y en manzana de la discordia en una sociedad que haría bien en superar de una vez por todas los enconos de hace casi un siglo y ocuparse de los muy serios problemas que le afectan en el presente. No sólo sería acabar con un absurdo anacronismo: sería empezar de nuevo a ser cristianos.

    1. Avatar de creativelyeeeb887eb3 creativelyeeeb887eb3

      Un comentario y análisis excelente. Me gustaría añadir un detalle sobre el problema que está viniendo la comunidad greco-católica ucraniana en Madrid por la decisión del Vicario General de las iglesias católicas orientales Don Andrés Martínez Esteban trasladar,es decir,liquidar la capellanía ucraniana en la iglesia Nuestra Señora del Buen Suceso a un centro pastoral en Puente de Vallecas,un centro que estaba casi vacío con una sólo misa durante todo el día. Como ya sabéis en este blog se había escrito unos cuantos artículos sobre este escándalo ,el problema sigue sin resolución. Los fieles siguen llamando a la puerta del cardenal José Cobo Cano ,el Ordinario de las iglesias católicas orientales, ,cada domingo salen a las puertas de la Almudena, envían cartas al Papá ,a Roma ,a Nuncio y hasta ahora nada… Mientras todos los templos en Madrid están cerradas en llave, ninguno se atreve recibir y abrir la puerta del templo a esta comunidad tan devoto, humilde y cristiana.

      del

    2. Avatar de Desconocido Anónimo

      Interesantísimo comentario, y de un hondo calado. No obstante, me atrevo a hacer algunas puntualizaciones desde el respeto por el contenido expuesto. En efecto, el Cardenal parece haber llenado una laguna de autoridad eclesiástica ante el silencio de instancias superiores. Sin embargo, tengamos en cuenta que ni el abad primado ni el abad de Solesmes son los superiores del abad del Valle, que es abadía sui iuris. Como bien explicaba el artículo, la abadía se integra en la estructura de una congregación, pero sin que eso prive al abad individual de su categoría de Superior mayor. Segundo, la circunstancia ha querido que el Valle no tenga abad desde hace años, irregularidad que esperamos que pronto se resuelva. Finalmente, Roma hasta hace nada estaba gobernada por quien lo estaba, por lo que no es raro un silencio pontificio al respecto. Creo que la confluencia de estas circunstancias explica mejor que la dejadez de Solesmes y Roma el silencio de estas instancias. Además, como mencionaba algún comentario en otra entrada, los monjes aun no han hablado. Esperaría a conocer su versión antes de apuntar a nadie, y de saber hasta qué punto el Cardenal llenó un vacío motu propio o actuó avalado por su cercanía a Bolaños o a Francisco, o a petición de alguien.

      Si nos limitamos, pues, a la ilegitimidad jurídica del acuerdo del Cardenal, creo que sí es en la práctica relevante la sacralidad del espacio. Primero, porque como bien dice Messerschmidt, el derecho canónico es papel mojado si no se tiene fe en dicha sacralidad. La tercera entrada lo vinculaba a la inviolabilidad, pero se puede extender más allá. Segundo, la sacralidad tiene relevancia práctica en tanto es un removedor de conciencias para quien, entre los presbíteros e incluso los obispos, todavía tiene fe. Puede que, en efecto, tengan una imagen deformada de la sacramentalidad de sus actos; pero no creo que sea inútil recordársela, con los textos litúrgicos en la mano. Al menos para que estén avisados.

      Esto aplica también, creo, al argumento de que porque pocos creen en lo sacro, la invocación de la inviolabilidad o la sacralidad son inútiles. Es cierto en un plano terrenal, claro. Pero también es cierto que ilustrar al que no sabe es una obra de misericordia, y que la alternativa es la amenaza a la integridad física o el bolsillo de los involucrados (desde el cinismo, si solo creen en el mundo y la carne, amenacemos eso). Por muy efectivo que fuera, encuentro perfectamente práctico y adecuado, para un católico con fe sobrenatural, no agotar antes las vías que intentan rescatar la fe de los involucrados.

      Finalmente, sin entrar a una discusión política e histórica, creo que el principal enemigo de Franco dentro de sus fronteras fue el episcopado español a partir de los años 60, que durante esta época actuaba con instrucciones directas de Roma de contravenir cualquier iniciativa del régimen. No niego lo que dice el comentario, pero es algo maniqueo en el planteamiento. Lo mismo sucede en el análisis del Valle como monumento político: el socialismo español jamás le perdonará al Valle sus orígenes, y ninguna estrategia eclesiástica, con o sin los cuerpos de Franco y José Antonio, habría conseguido neutralizar el significado histórico que es imposible de extraer al monumento (como es imposible extirparle a la Catedral de Córdoba el haber sido mezquita, al a de Alcalá el haber sido quemada en la Guerra o al Monasterio de San Lorenzo de el Escorial ser conmemoración de la batalla de San Quintín; sin destruir en el proceso el monumento). Los socialistas estarían igualmente intentando derribarlo.

      Ruavieja

  4. Avatar de Desconocido Anónimo

    Probablemente sea una idea de bombero pero, ¿Y si el templo se establece como domicilio? Creo que es un poco complicado y hasta imposible, pero si el perímetro del templo se emplea como domicilio de la comunidad… Aunque entiendo que al ser basílica requeriría autorización romana. O a las malas acampar en su interior.

    Si, es una locura, pero francamente, llegado el momento los monjes deberían plantearse una resistencia pacífico con sentada en el espacio del atrio si es menester. A ver si tienen cojones los nacionales a desalojarlos y que las imágenes den la vuelta al mundo

    Cisneros.

  5. Avatar de Desconocido Anónimo

    Excelente entrada, tal como las otras dos que la han precedido aunque no descubro nada si digo que a nuestros funcionarios sin Fe y posiblemente chantajeados por el gobierno socialista todos estos argumentos no les importan un pimiento. Pero eso no quita valor a estos trabajos para arrojar algo de luz en medio de la confusión.

    Gastón

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