Consagraciones episcopales. Otra perspectiva

Como dije en la entrada anterior, me encuentro en estado de perplejidad en cuanto a dar una opinión con respecto a las consagraciones episcopales anunciadas por la FSSPX. Por una parte, la gravedad de la situación de la Iglesia todos la conocemos y la venimos denunciando en este blog desde hace casi 20 años. La cuestión es que si esa gravedad justifica una medida tan grave como consagrar obispos sin mandatos pontificio a fin de que aseguren a los fieles los sacramentos según el rito inmemorial de la Iglesia latina. A mi entender, no puede compararse con la situación de 1988, cuando Mons. Lefebvre hizo las primaras consagraciones: en ese momento, no había liturgia tradicional en ningún lugar del mundo, excepto en algunos lugares de Inglaterra en razón del indulto llamado “de Agatha Christi”. Pero desde hace ya muchos años, los institutos y parroquias Ecclesia Dei aseguran la liturgia tradicional y, más aún, en ciertos lugares como Francia, cada vez hay más parroquias en las que celebra la misa tradicional. Nunca han tenido problema en conseguir obispos para celebrar las ordenaciones sacerdotales ni para impartir la confirmación. La pregunta natural es, entonces, por qué la FSSPX no sigue la misma regla, bajo el formato canónico que sea.

La respuesta que dan muchos (no sé si también es la respuesta oficial) es que para eso, la Fraternidad debería aceptar el Concilio Vaticano II y el Novus ordo missae. Pero si es así, el problema es más grave aún: ¿cómo puede un católico rechazar in toto un concilio ecuménico interpretado a la luz y en continuidad con la Tradición? ¿Cómo negar la validez de un rito, por más imperfecto que sea, que ha sido aprobado por los pontífice y es celebrado en toda la Iglesia?

La periodista Luisella Scrosati publicó un artículo, en la Brújula Cotidinana, que aquí reproduzco, y que señala un nuevo argumento que contribuye aún más a mi perplejidad, de tal modo que no veo yo una salida próxima a mi desconcierto.

Quiera Dios que las conversaciones entre la Santa Sede y los superiores de la FSSPX lleguen a buen puerto.

La Santa Sede vuelve a abrirse a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X (FSSPX) con la propuesta de un debate estructurado sobre algunos puntos doctrinales con “el fin de poner de relieve, en los temas debatidos, los mínimos necesarios para la plena comunión con la Iglesia católica y, en consecuencia, para delinear un estatuto canónico de la Fraternidad, junto con otros aspectos que deben profundizarse aún más”.

Éste es el núcleo del comunicado del Dicasterio para la Doctrina de la Fe sobre la reunión de ayer, 12 de febrero, entre el prefecto, el cardenal Víctor Manuel Fernández, y el superior general de la FSSPX, Davide Pagliarani, a quien se le ha pedido como condición previa para poder proceder a este diálogo, “que la Fraternidad suspenda la decisión de las ordenaciones episcopales anunciadas”. Pagliarani llevará esta propuesta al Consejo de la Fraternidad, que deliberará si confirma la fecha del próximo 1 de julio o si acepta la propuesta del Dicasterio, ordenada no para aprobar el statu quo de la FSSPX, sino para dar a los lefebvrianos una configuración canónica que restablezca los vínculos jurídicos con la Iglesia.

Entre los temas que podrán ser objeto de debate, el comunicado menciona “la diferencia entre el acto de fe y la ‘obediencia religiosa de la mente y la voluntad’”, “los diferentes grados de adhesión que requieren los distintos textos del Concilio Ecuménico Vaticano II” y otros temas que la FSSPX había propuesto en una carta del 17 de enero de 2019. No se menciona explícitamente el tema de la liturgia.

Durante la reunión, la Santa Sede ha reiterado “que la ordenación de obispos sin mandato del Santo Padre […] implicaría una ruptura decisiva de la comunión eclesial (cisma) con graves consecuencias para la Fraternidad en su conjunto”. El comunicado hace referencia al respecto tanto a la Carta Apostólica Ecclesia Dei con la que Juan Pablo II condenaba el acto cismático cometido por monseñor Marcel Lefebvre y monseñor Antonio de Castro Mayer el 30 de junio de 1988, como a la Nota explicativa del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, presidido en aquel momento (1996) por el cardenal Julián Herranz, en la que se precisaba que “nunca existe la necesidad de ordenar obispos contra la voluntad del Romano Pontífice, Jefe del Colegio Episcopal. De hecho, esto significaría la posibilidad de ‘servir’ a la Iglesia mediante un atentado contra su unidad en materia relacionada con los fundamentos mismos de esta unidad”.

El importante artículo del padre de Blignières ilustraba las razones doctrinales que fundamentan la imposibilidad de ordenar obispos contra la voluntad del Papa, con el fin de garantizar una autonomía jurídica total respecto a la jerarquía de la Iglesia católica. Sin embargo, en Internet siguen difundiéndose artículos que sostienen que una eventual ordenación de este tipo no constituiría un cisma.

Algunos se basan en el hecho histórico de que no siempre ha sido necesario el mandatum del Pontífice para las ordenaciones episcopales y que la actual disciplina canónica sería el resultado de una centralización bastante reciente que ha llevado a castigar con la máxima sanción (la excomunión) el acto de consagrar obispos sin mandato, mientras que incluso en el Código anterior (1917), se sancionaba con la pena menor de la suspensión a divinis. Entonces, ¿por qué ir contra la FSSPX?

No hay duda de que en muchas regiones eclesiásticas durante siglos no fue necesario un mandato formal de la Sede Apostólica. Los obispos podían ser elegidos por los cabildos catedralicios, por el episcopado local o por los sínodos locales, como sigue ocurriendo hoy en día en las Iglesias católicas orientales. Pero se trata de modalidades electivas acordadas con la Santa Sede, a la que debían transmitirse los actos y a la que siempre correspondía el derecho de confirmar o vetar al candidato. Nunca se concedió la consagración de obispos contra la voluntad del Papa, por el simple hecho de que éste es, por derecho divino, el único jefe del Colegio Episcopal que tiene la facultad de aceptar y excluir a un obispo del Colegio.

Quienes utilizan estos precedentes históricos para justificar las consagraciones anunciadas para el 1 de julio no comprenden que hay además un aspecto macroscópico y decisivo. Ya se trate de capítulos catedralicios, obispos o sínodos locales, se trata siempre de miembros legítimos de la jerarquía, que han recibido facultades de la Santa Sede para consagrar a un candidato que pertenece jurídicamente a la Iglesia y que ejercerá su episcopado en la misma comunión jurídica. Ahora, en cambio, ni los obispos de la FSSPX que consagrarán ni los candidatos que serán consagrados pertenecen jurídicamente a la Iglesia y, de hecho, serán ordenados con el propósito específico de ejercer el ministerio fuera de esta comunión jurídica.

Por esta razón, es totalmente erróneo y engañoso referirse a las diferentes modalidades históricas y actuales de elección de obispos como precedentes que justificarían las consagraciones anunciadas por la FSSPX (como las ya realizadas en 1988 y 1991), porque en este último caso tenemos la consagración de obispos: 1. contra la voluntad del Papa (y no simplemente sin mandatum), 2. por parte de obispos que no tienen jurisdicción en la Iglesia 3. para ejercer un ministerio que quiere ser declaradamente independiente de la comunión jurídica con la jerarquía católica.

En cuanto al cambio de sanciones, es necesario hacer una precisión. El pecado de cisma se “traduce” en el plano jurídico como delito canónico al que le corresponden sanciones que pertenecen al derecho eclesiástico, no al divino. Lo que implica la posibilidad, y a veces la oportunidad, de modificar dichas sanciones. En la práctica, la consagración de un obispo contra la voluntad del Papa con el fin de perpetuar un ministerio independiente de la jerarquía es siempre un cisma, sea cual sea la pena que disponga el derecho.

Otro grupo de argumentos se basa en los cánones 1323-1324, que recogen las circunstancias que eximen de la pena o requieren la atenuación de la pena de quien comete un delito canónico. En particular, se hace referencia al punto 4 del canon 1323 (quinto del canon 1324), que exige la exención de la pena o una pena atenuada para quien haya violado la ley o el precepto “obligado por un temor grave, aunque solo sea relativamente, o por necesidad o por un grave inconveniente, a menos que, sin embargo, el acto fuera intrínsecamente malo o perjudicial para las almas”. La FSSPX estaría impulsada por la necesidad y, por lo tanto, la sanción de excomunión al obispo que consagra a otros obispos sin mandato estaría lejos de ser “automática”.

Ahora bien, la cuestión radica precisamente en la última frase. Ordenar obispos contra la voluntad del Papa con el fin de constituir un ministerio totalmente independiente constituye un cisma, lo que supone un acto intrínsecamente malo y conlleva un grave daño para las almas, que así se ven arrastradas fuera de la comunión visible con la Iglesia. La necesidad puede empujar a un obispo a ordenar a otros obispos sin el mandato del Papa, como ha ocurrido en los países en los que la Iglesia es y ha sido perseguida, pero no puede hacerlo contra la voluntad del Pontífice y menos aún para constituir un “episcopado” jurídicamente autónomo de la jerarquía católica. Cada vez que en los países bajo el régimen soviético se consagraban obispos sin mandato pontificio, por la necesidad de mantener la jerarquía local diezmada por arrestos y ejecuciones, evitando el riesgo de ser “interceptados” por el poder totalitario, ni los obispos consagrantes ni los consagrados pretendían constituir un episcopado jurídicamente autónomo de la jerarquía católica. Éste es el gran y grave problema fundamental de la FSSPX.

25 comentarios en “Consagraciones episcopales. Otra perspectiva

  1. Avatar de Desconocido Anónimo

    Para afirmar que en 1988 hubo estado de necesidad y ahora ya no, cabe responder:

    1. Hubiese habido Motu Proprio de Benedicto sin la FSSPX?
    2. Los institutos Eclesia Dei, sin el temor de que sus parroquionos se vayan a la FSSPX en caso que mañana a un Papa o a un nuevo obispo se les ocurra borrarlos de un plumazo, están a salvo si la FSSPX no consagra obispos y queda bajo la bota de la Santa Sede (como el resto de los institutos hoy lo están? No garantiza la paz en estos institutos la situación de la FSSPX?
    3. Que haya muchas misas tradicionales en Francia y otros países, hace caer el estado de necesidad? Y si vivís en Argentina, Paraguay o Brasil, a dónde vas?
    4. Aún pudiendo ir a misas tradicionales, alcanza con esto, o también es necesaria la recta doctrina que allí se enseña?
    5. Pueden los instutitos Eclesia Dei enseñar la verdad sin ambajes, levantando santa ira ante errores del clero y jerarquía moderna, como es su obligación? O si lo hacen, los rajan? (por ejemplo la Declaración de Abu Dhabi que por mucho menos la Iglesia se regaba de mártires años atrás).
    6. Todo esto hay que responderlo, para afirmar que ya no hay estado de necesidad. Fair play!
  2. Avatar de Desconocido Anónimo

    A ver hay católicos que no concurren a misa en dia domingo porque no puede ir el padrecito de la fsspx a celebrar a la capilla. Qué fe es esta? La de siempre?

    La fsspx lleva demasiado tiempo con su iglesia paralela,sin importar lo que haga Roma salvo que se convierta a la tradición…!?

    Hay muchas cosas anómalas: un sacerdote que en la fraternidad tiene más autoridad que un obispo a la hora de tomar decisiones, se rigen por el derecho canónico de 1917 según palabras de un sacerdote de La Reja que enseña en el seminario. Veneran a un obispo desobediente como si fuera un santo. Viven al margen de la Iglesia Católica como si fuera un grupo especial, mirando de reojo al resto de la Iglesia modernista y liberal.

    Habría mucha tela para más para cortar , Dios permita que la fsspx haga un acto de humildad y quiera ingresar y comprometerse de lleno en la vida eclesial. Aún a riesgo de que la fsspx deba ser purificada y hasta destruida porque así lo permite Dios.

    Lamentablemente hay problemas no sólo doctinales sino también con la autoridad suprema de la Iglesia a la que no se quieren sujetar.

    Saludos en Cristo.

  3. Avatar de Desconocido Anónimo

    Ayer durante los avisos de la misa en el Priorato de calle Venezuela, el Padre anunció una peregrinación por Francia que terminará en Écône el día de las ordenaciones episcopales. No creo que den marcha atrás. Y como usted, aún no sé si eso es bueno o malo.

  4. Avatar de Desconocido Anónimo

    No podemos hacer un contrafáctico de qué cosa hubiera pasado si Lefebvre no consagraba a esos obispos, si se hubieran permitido institutos ecclesia dei, pero sospecho que no.

    Coincido que el problema no es legal, sino de doctrina y liturgia. El Vaticano (y evito el término Iglesia porque es mas amplio) quiere aplastar el tradicionalismo, eso significa traditionis custodes, y la Fraternidad quiere reconquistar la Iglesia. Las consagraciones y las excomuniones son las armas si lo queremos ver en términos bélicos. Mantener su episcopado independiente es una necesidad existencial de la Fraternidad, no puede desarmar su episcopado y esperar luego sobrevivir gracias a la benevolencia del Vaticano.

    Es como pedirle a Irán que desarme su programa de misiles y enriquecimiento de uranio y que vivan de ahí en adelante a la merced de Israel y Estados Unidos, no lo van a hacer porque su existencia estaría en peligro seguro de ser borrada del mapa. Tiene que mantener su capacidad de disuasión para poder existir.

    Por el lado del Vaticano, que en este caso sería la superpotencia hostil, tiene que deslegitimar a la fraternidad, para eso están las excomuniones y el cisma. Son como las sanciones y el bloqueo que hace USA a Irán conjuntamente con una campaña en los medios calificando de Régimen al gobierno, induciendo revueltas internas, crisis económicas, provocando una balcanización etc. Estratégicamente es la misma situación.

    Todas estas negociaciones no son de buena fe, son enemigos y cada uno hará lo que tenga que hacer.

  5. Avatar de Desconocido Anónimo

    El autor dice: «Por esta razón, es totalmente erróneo y engañoso referirse a las diferentes modalidades históricas y actuales de elección de obispos como precedentes que justificarían las consagraciones anunciadas por la FSSPX (como las ya realizadas en 1988 y 1991), porque en este último caso tenemos la consagración de obispos: 1. contra la voluntad del Papa (y no simplemente sin mandatum), 2. por parte de obispos que no tienen jurisdicción en la Iglesia 3. para ejercer un ministerio que quiere ser declaradamente independiente de la comunión jurídica con la jerarquía católica.»

    ……..

    No entiendo, qué diferencia hay entre Slipij, Juan Pablo II y Lefebvre? Consagraron sin mandato y en contra del mandatum, unos por salvarse de la ospolitik otro por la necesidad de continuar una obra fundamental en conciencia. Benedicto XVI , siendo Prefecto falló en un caso llamado » los seis laicos de Hawai» : no han incurrido en excomunión por recibir el sacramento de la confirmación de manos de monseñor Williamson porque la fsspx no es cismatica.(1991) -el obispo local los había excomulgado- Después ya sabemos quién levantó las excomuniones.

    Me parece wanderer, que su desconcierto va a continuar, aquí cada maestrillo con su librillo.

  6. Avatar de gustavowasi gustavowasi

    APARTE ¿ QUE PROBLEMA SERIA EL DEL CISMA? SI SE SALVAN LOS JUDIOS LOS ORTODOXOS LOS PROTESTANTES LOS ISLAMICOS Y HASTA LOS ATEOS MIENTRAS SEAN BUENOS…POR LO MENOS ES LO QUE DICE HACE RATO EL VATICANO. O NO

  7. Avatar de Desconocido Anónimo

    Los que venimos de movimientos neoconservadores agradecemos a Don Wanderer el tema del ultramontanismo, muy difundido en esos Institutos. Ahora bien, que haya Misas tradicionales en mayor cantidad que en los años de Lefebvre es una nota de color y no el problema real, ya que o actúan para sobrevivir sabiendo el manejo oscuro que tiene el Vaticano para con los grupos conservadores —que siempre terminan diezmados o eliminados (y hablamos de grupos neocon la mayoría de las veces, o absorbidos como los de San Pedro, que se tragan el sapo de los nuevos santos, entre otros bichos que caminan en nuestra Iglesia…)— o, quizás, en el fondo la verdad sea otra, y es que sostengan el estado de necesidad doctrinal de la Iglesia; a saber, la herejía material de su magisterio desde el Vaticano II, ya que parvus error in principio…, lo que podría ayudar a una porción de católicos a seguir luchando para que, alguna vez, se pueda realmente pensar y considerar que en el Vaticano II algo non del tutto correcto desde el punto de vista doctrinal sucedió. Esto ya valdría la pena.

    En todo caso, si entramos en cuestiones de legalidad canónica (a mi entender, por el estado de necesidad entendido como caos interno en la misma Santa Sede desde el punto de vista doctrinal, ya que desde otro punto de vista más o menos siempre lo fue), el punto “obligado por un temor grave, aunque solo sea relativamente, o por necesidad o por un grave inconveniente, a menos que, sin embargo, el acto fuera intrínsecamente malo o perjudicial para las almas” es lo que supondría un punto clarificador.

    Fraternalmente,
    Fabio.

  8. Avatar de Desconocido Anónimo

    Aquí se está olvidando todo lo que implica aceptar el novus ordo como válido -y hablo desde mi perspectiva como cura- porque implicar aceptar la comunión en la mano, que a muchos nos repugna creo que justificadamente, aceptar las monaguillas que ya están instaladas en muchas parroquias, aceptar la eventual bendición de parejas homosexuales y los ministros/as extraordinarias de la Comunión sean o no necesarias (lo he vivido en carne propia) y aceptar ñas peticiones espontaneas antes del ofertorio y el ofertorio mismo que es una bendición judía. Y todo esto -y algo más que me olvido- lo tienen que aceptar los grupos regularizados. No es tan sencillo.

    Gastón

  9. Avatar de Desconocido Anónimo

    Me parece que para completar el panorama habría que decir que los mismos que detentan la autoridad, afirman doctrinas ambiguas inaceptables (más allá del CVII) y usan y usaron de su autoridad para perseguir a aquellos que señalan esa desnudez del rey y que creen y celebran lo que siempre se creyó y celebró, menos la novedosa ambigüedad.

    ¿Puede haber acaso persecución más furibunda que la del propio padre? ¿No crea eso un estado de necesidad, desconfianza, duda, perplejidad?

    Parece que todo es un capricho de la autoridad por sostener su derecho (¿existe ese derecho?) a cambiar la Fe y la Liturgia a cierta velocidad frente a una parte de sus hijos mientras hace la vista gorda a los cambios que de hecho introduce otra parte de sus hijos a la fe y la liturgia a mayor velocidad.

    Parece que la resistencia al «progreso» sería un grave pecado mientras la aceleración alocada hacia la pared, una mera travesura.

    Para unos excomuniones renacentistas, para otros sinodalidad, a lo sumo un chas chas y a seguir jugando con cosas que no tienen arreglo.

    Hilbert

  10. Avatar de Desconocido Anónimo

    Sentido común: la falta de jurisdicción es consecuencia de las sanciones, no causa del delito. Cuando Monseñor Lefebvre fundó la FSSPX, en épocas de Pablo VI, obtuvo todos los permisos y tenía la jurisdicción correspondiente. Esta le fue quitada al ser suspendido por sus críticas al CVII y al NO. Y ustedes insisten con los argumentos legales. El aparato legal es la encerrona en que nos quiere la jerarquía.

    Yo sí soy miembro de la FSSPX, en mi carácter de terciaria, y les aseguro que ni estamos contentos, ni estamos felices en nuestros gettos. Sufrimos mucho todo esto, sobre todo las ofensas, el desprecio, los insultos. No desobedecemos a la jerarquía porque nos place sino porque estamos convencidos de que si lo hiciéramos, en este caso concreto, nos apartaríamos de la verdadera Iglesia de Cristo, sin la cual no hay salvación.

    Dra. Mariana Calderón de Puelles

  11. Avatar de Desconocido Anónimo

    Estimado Wanderer: ahora saca usted otro argumento legalista? El problema es dictrinario, ese es el fundamento del estado de necesidad. Respecto de las críticas al CVII, ya se han nombrado miles de veces. No es un rechazo a TODO el concilio, pero sí a estos tres puntos básicos: libertad religiosa, ecumenismo y colegialidad (como democratismo) Respecto del NO, todos acá saben por qué está imbuido de espíritu protestante. Argüir, a estas alturas, que la falta de status jurídico de la FSSPX agrava el acto cismático es seguir en la encerrona y callejón sin salida que nos coloca Roma. Es decir, la frater acusa a la jerarquía de modernista, la jerarquía la suspende y la deja sin jurisdicción , la frater necesita obispos, la jerarquía se los da si deja de acusarla de modernista, la frater no puede aceptar, la jerarquía la excomulga. Y la culpa la tiene la falta de jurisdicción en que nos dejó la jerarquía???? No, la culpa la tiene la jerarquía que es modernista.

  12. Avatar de Desconocido Anónimo

    Excelente artículo. No hay lugar para la perplejidad. Está claro que, de hecho, son un grupo cismático. Y si reconocieran lo que usted acertadamente señala, Wanderer, dejarían de tener razón de existir. Por eso incluso desaconsejan ir a la Misa según el usus antiquus si no es en la FSSPX.

  13. Avatar de Luis Jeme Luis Jeme

    No hay ningún estado de necesidad que justifique la rebeldía de la FSSPX. En los institutos de Ecclesia Dei tampoco comulgan con el Vaticano II. Lo aceptan sin más porque es un Concilio de la Iglesia, se dedican a predicar la doctrina tradicional, y ya está. No están mareando a Roma con debates estériles. Hay que mirar adelante anunciando la Fe sin modernismos, íntegramente, con la liturgia tradicional, y los frutos vienen solos. Es mucho mejor estrategia que la confrontación, que acarrea siempre el estigma y una imagen distorsionada de la Tradición.

  14. Avatar de Desconocido Anónimo

    Pienso que el axioma en disputa entre la fsspx y Roma es el «primado» y todo lo que se desprende de él. O bien, toman por decir que se puede consagrar sin mandato pontificio, y en eso menguan el dogma de dicho primado, o bien caen en el sedevacantismo en todas sus posibles variantes (podría darse el estado de necesidad urgente como una persecusión similar a la soviética en un estado de sedevacante, y consagrar obispos siendo que tarde en ocuparse el trono de Pedro, y eventualmente ser reconocidos y refrendados a posteriori? ). Y si llegasen a un acuerdo con Roma, la dicha fraternidad se fragmentaría y desaparecería, los pocos que acepten el pacto quedarán medio «absorvidos» y los demás se diluirán en cuantas sectas sea posible formar con las muchas combinaciones de teorías que tienen.

  15. Avatar de Desconocido Anónimo

    A mi modesto entender, esa perplejidad se soluciona fácil: el Papa tiene que definir ex cathedra las cuestiones en disputa.Es la Misa Nueva buena o no?Son válidos los sacramentos según el nuevo rito? Son buenos? Son ofensivos a Dios? Etc etc etc. (La misma solución requiere el cisma alemán).

    Yo no estoy de acuerdo con los argumentos de la FSSPX… pero no tengo autoridad alguna para obligarlos a nada (ellos tampoco a mí), y entonces cada cual hace lo que mejor entiende que agrada a Dios (lo cual es bueno) y al mismo tiempo nos acusamos mutuamente de herejes, cismáticos, etc etc (lo que considero peligroso, puesto que sin darnos cuenta cada uno se va volviendo un Papa: qué va a pasar cuando el Papa al fin defina y diga algo contrario a lo que yo defendía…?).

    Roma locura, causa finita.

    Más que estar pidiendo al Papa que permita o no las consagraciones, hay que pedirle que defina. Creo que el pedido de Mons Schneider apunta a eso… Apoyo su solicitud.

    Tirosa Laire

      1. Avatar de Desconocido Anónimo

        «El ultramontanismo papal es la creencia de que todos los hechos, palabras y la misma persona de un Papa son inspiradas directamente por Dios y tienen el aura de infabilidad en la práctica aunque no se acepte en la teoría» (Definición de Eck).

        No entiendo qué tiene que ver eso con la infalibilidad papal cuando define ex cathedra. Son dos cuestiones distintas. Una cosa es creer que todo lo que hace el Papa es bueno (yo no lo creo, aclaro. Al contrario: soy muy crítico), y otra cuestionar que el Papa, cuando habla de modo definitivo sobre una cuestión de Fe o moral, no sea infalible. Lo primero es ultramontanismo, lo segundo es de Fe.

        Por tanto, entiendo que lo que daría solución al tema (según expuse) no es con ultramontanismo, como Ud afirma.Como dije: no veo otra solución. Si el Papa no define, entonces cada cual seguirá haciendo lo que le parece. Si no es la FSSPX, serán los de Williamson, etc etc. Y cada cual creyéndose Papa y condenando a los demás, generando en muchos la perplejidad que compartimos varios.

        Tirosa Laire

      2. Avatar de Desconocido Anónimo

        ¿Todo ya está suficientemente definido? Distingo: en sí mismo, sí; para la FSSPX y para quienes apoyan sus tesis en alguna medida, no. Y la FSSPX no reconoce en la práctica los actos magisteriales no-infalibles del Papa, o a lo menos se sienten perfectamente libres de rechazarlos. De manera que parece que, si fallan todos los otros medios, la disputa sólo podría resolverse con un acto definitivo de la Sede Apostólica. Lo cual no creo que sea ultramontanismo: no es abusar de la autoridad de Roma, es usarla para lo que Dios la ha puesto, a saber, resolver las cuestiones en última instancia.

        Para alejar cualquier fantasma de ese peligroso ultramontanismo, y en consonancia con el Vaticano II, creo que sería muy necesario que hubiera una amplia consulta con el colegio episcopal antes de lanzar decretos definitivos.

        En la antigüedad las grandes decisiones del Papa estaban precedidas de un sínodo romano, en el que consultaba a los obispos de Italia, para terminar por ratificar su resolución con la autoridad especial de la Sede Apostólica. Podría también a día de hoy hacerse algo así: un sínodo de los obispos (de verdad, no la porquería de los últimos años) en Roma dedicado a esta cuestión, en el que los líderes de la FSSPX puedan exponer su posición libremente, y se termine por definir conclusiones doctrinales sobre las grandes cuestiones (en particular, si es contrario a la fe decir que el nuevo rito de la misa es de suyo ilícito). Evidentemente, los obispos que el Papa debería convocar a ese sínodo local habrían de ser serios, ortodoxos y favorables a la misa tradicional.

        Si un sínodo de resultados parcialmente predefinidos a través de la elección de sus miembros no es lo suficientemente representativo de la Iglesia universal, todavía se podría hacer después una consulta global a los obispos, como hicieron Pío IX y XII con los dogmas de la Inmaculada y de la Ascensión. Que los resultados se condensen en una serie corta de proposiciones, y se pregunte a los obispos del mundo a ver si alguno está en desacuerdo.

        Y después de eso, que el Papa ratifique esas conclusiones con fuerza definitiva, al tiempo que desarrolla la cuestión en su Magisterio ordinario con alguna larga Encíclica o Constitución Apostólica, de esas que tanto gustan en Roma.

        Planteado en esos términos, no se me ocurre nada menos unilateral, menos ultramontano, más acorde con las prácticas del primer milenio, o que asegure de forma más firme el acuerdo de la Iglesia universal. El ejercicio del ministerio de Pedro tal y como lo quiso y lo quiere el Señor, ni más ni menos. Y solucionaría de una vez por todas la cuestión: si el Papa con el consenso universal de los obispos decretaran definitivamente sobre los puntos nucleares del actual conflicto, y la FSSPX no quisiera aceptarlo, estarían perdidos y ya no cabría duda de que están fuera de la Iglesia; y si lo aceptan, los puntos centrales del conflicto doctrinal estarían resueltos, y se podría proceder a la solución canónica.

        No entiendo por qué tiene Vd. tanta aversión a que la Sede Apostólica use los poderes que Dios le ha dado. Que se abuse de ellos en las formas de su ejercicio es otra cosa; eso es profundamente indeseable. Pero si el uso existe es porque esos poderes pertenecen a la constitución divina de la Iglesia. Y si pertenecen a su constitución, no podemos sin grave culpa dejar de recurrir a los medios que Dios ha puesto para resolver las disputas en su Iglesia, según imponga la necesidad. Yo creo que todo esto ya ha ido demasiado lejos, estando como estamos a cincuenta años de la primera suspensión a divinis de Mons. Lefebvre.

        Loretar

      3. Avatar de Desconocido Anónimo

        Don Wanderer, usted ha vuelto, en un giro de 180 grados, al tema jurídico puro y puntilloso.

        No es que esto sea despreciable, esto se ha repetido hasta el cansancio.

        El tema es que hay situaciones que lo trascienden. Hay que definir si este es el caso o no.

        Volviendo al tema jurídico, usted repite varias veces en el blog, el tema de la jurisdicción.

        Tanto monseñor Lefebvre como ahora los superiores de la fraternidad insisten en qué las consagración NO pretenden dar un orden juridiccional. Especifican en aclararlo. No pretenden hacer una iglesia paralela. Es solo a fines de dispensar los sacramentos

      4. Avatar de Desconocido Anónimo

        Continúa del anterior. Es preciso que usted lea todos los argumentos de la FSSPX. Todo lo que usted dice está contemplado.

        No quiere decir que esto esté agotado y que la respuestas hayan sido satisfactorias para todos.

        Incluso para caso de los institutos Eclesia Dei, tienen sus objeciones y ponen sus reparos e indican cuál es el problema a tener en cuenta.

        En la entrevista del 2/2 de Pagliarani hay una escueta aproximación

        No es una cuestión simple, ciertamente

  16. Avatar de Desconocido Anónimo

    No puedo entrar en el debate legal, pero noto que se pregunta a la FSPX cuál sería el problema de aceptar el concilio correctamente interpretado y también la misa del N.O.

    Desconozco la respuesta oficial a la primera pregunta, pero a mi modo de ver, si un concilio necesita una correcta interpretación, significa que hay partes de este que son ambiguas, lo cual ya es fuente de error. Viene rápidamente a la memoria el asunto «subsiste».

    Respecto a la misa N. O. desde que conozco la fraternidad, esta siempre ha dicho que es válida, pero infectada de protentasttismo. Como dicen, la misa negra es válida como tal, pero nadie va el domingo a una de esas para cumplir el precepto.

    No es legal el problema, el origen del problema no son las ordenaciones de 1988 o las de 2026, el origen está en el CV II y en la autoridad terrenal suprema de la Iglesia.

    1. Avatar de Desconocido Anónimo

      Algunos apuntes:

      «si un concilio necesita una correcta interpretación, significa que hay partes de este que son ambiguas, lo cual ya es fuente de error»

      En la larga historia de la Iglesia, los Concilios que han necesitado una «correcta interpretación» son incontables. Creo que Wanderer estará de acuerdo sobre este punto, que sólo se podría negar desde una visión muy ingenua de la historia de la Iglesia. ¿No seguimos discutiendo con los ortodoxos sobre la correcta interpretación del Credo Niceno-Constantinopolitano, o sobre el Canon 28 del Concilio de Calcedonia, o sobre el Octavo Concilio Ecuménico (¡e incluso sobre cuál merece realmente ese título, si el del 869 o el del 879!)? Los ejemplos pueden multiplicarse. Y, particularmente, hasta el Concilio Vaticano I estuvo en disputa la interpretación del Concilio de Constanza, que los galicanos defendieron durante cinco siglos (!) que habría aprobado las tesis conciliaristas. Dios nos guarde si tenemos ante nosotros cinco siglos de discusiones sobre el CVII.

      A lo que quiero llegar con lo anterior es que la disputa sobre la interpretación de un Concilio es lo habitual y de suyo no prueba nada. Y ciertamente no soy un entusiasta del CVII, pero tal y como ese argumento se utiliza por algunos, uno pensaría que los 20 concilios anteriores fueron todo paz, unanimidad, sencilla interpretación y eficaz aplicación. Y nada más lejos de la verdad.

      Sobre lo segundo, claro que la Fraternidad siempre ha reconocido que la misa nueva es válida. Lo que faltaba, que se niegue también eso. Pero es una cuestión grave si es lícita o no, si obliga, si cumple el precepto, si transmite la fe, etc. Y la posición que quisiera negarlo para todos los casos (aun cuando se sigan puntualmente las rúbricas y se apliquen según los principios fundamentales de la liturgia católica) es inaceptable. Es contraria a la indefectibilidad de la Iglesia la idea de que pueda promulgarse y recibirse universalmente un rito herético de la misa. En cambio, sí que es posible que se promulguen varios cambios imprudentes y se generalicen los abusos en ciertos contextos; que es lo que ha ocurrido.

      Loretar

Replica a Luis Jeme Cancelar la respuesta